miércoles, 9 de abril de 2014

SISTEMA DE ELECCIONES DE DIPUTADOS Y SUS METODOS.

 ALEMANIA

a) Estado de la legislación
La Ley electoral alemana de 16 de junio de 1978 ha sido modificada por última vez el 11 de noviembre de 1993, así como por la ley de 13 de marzo de 1994 relativa al derecho de sufragio activo y pasivo de los ciudadanos de la Unión Europea (Bundesgesetzblatt I de 13 de marzo de 1994, pág. 419).
b) Número y distribución de los escaños
La elección de los 99 diputados se efectúa mediante listas de los Estados federados, o mediante listas federales.
c) Sistema electoral
Representación proporcional. Cada elector dispone de un voto.
El recuento de los votos se efectúa a nivel federal según el sistema Hare-Niemeyer. Si un partido presenta listas de Estado federado, todos los escaños que gane se reparten, según el sistema Hare-Niemeyer, entre las distintas listas de Estado federado.
d) Derecho de sufragio activo y modalidades del voto
El derecho de sufragio activo corresponde a:
  • los ciudadanos alemanes que tengan mayores de 18 años y residan en territorio federal o en cualquier otro Estado miembro de la Comunidad Europea o del Consejo de Europa, o en cualquier otro país siempre que residan en él desde hace menos de 10 años, y estén inscritos en las listas electorales alemanas;
  • los ciudadanos de un Estado de la Unión Europea distinto de Alemania, mayores de 18 años, que vivan de forma habitual en Alemania y que hayan pasado en Alemania o en otro Estado miembro de la Unión Europea los tres meses anteriores a la fecha de las elecciones.
  • El derecho de sufragio pasivo corresponde a las personas que hayan adquirido desde al menos un año antes la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y reúnan los requisitos para votar en Alemania.
  • El titular de una tarjeta de elector puede participar en la elección ya sea personalmente o por correo.
e) Modalidades de las candidaturas
Las candidaturas de listas pueden presentarse en cada Estado federado o reagruparse en una lista única común a todos ellos.
Pueden presentar listas de candidatos los partidos políticos y "las asociaciones políticas organizadas sobre la base de la afiliación" (por ejemplo, las federaciones europeas de partido).
Todo partido o asociación que no cuente con un mínimo de cinco escaños en el Bundestag o en la dieta de un Land debe además reunir al menos 4.000 firmas para presentar una lista federal o 2.000 firmas para presentar una lista de Land.
f) Atribución de escaños
Los escaños se atribuyen según el orden de los candidatos en las listas.
Los escaños vacantes se proveen con los sustitutos, que pueden designarse paralelamente a cada candidato de lista. A falta de sustituto, el escaño se atribuye al primer candidato no elegido de la lista.
En la distribución de escaños no se toman en consideración las listas que reúnan menos del 5% de los sufragios emitidos en el ámbito federal.
g) Incompatibilidades
Son aplicables las disposiciones del Acto electoral europeo de 20 de septiembre de 1976. Son también aplicables las incompatibilidades establecidas en la Bundeswahlgeset y en la Directiva comunitaria sobre la concesión del derecho de sufragio activo y pasivo a los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea.
Los candidatos electos pueden pertenecer simultáneamente al Bundestag.
h) Disposiciones que regulan la campaña electoral
Cada partido recibe una cantidad proporcional a su representatividad, procedente de un fondo destinado a sufragar los gastos de la campaña electoral. Este fondo se eleva a un total de unos 215 millones de DM (5,00 DM por elector). Se concede el reembolso a toda lista que haya reunido por lo menos el 0,5% de los sufragios emitidos. Se prevé una limitación de los gastos de la campaña electoral basada en un acuerdo entre los partidos.
i) Verificación del escrutinio
La verificación del escrutinio corre a cargo del Bundestag. Puede interponerse recurso contra la decisión del Bundestag ante el Bundesverfassungsgericht.

GRECIA

a) Estado de la legislación
La Ley electoral de 20 de julio de 1981 y la ley nº 1443/84 han sido completadas y modificadas por la ley de 22 de marzo de 1994, por la que se fijan las modalidades de la elección de los representantes griegos en el Parlamento Europeo (Diario Oficial del Gobierno griego nº 2196).
b) Número y distribución de los escaños
El territorio nacional constituye una circunscripción electoral única en la que se eligen 25 diputados al Parlamento Europeo.
c) Sistema electoral
Representación proporcional a escala nacional.
Se vota a una sola lista y están prohibidos el voto escindido y el voto preferencial.
d) Derecho de sufragio activo y modalidades del voto
  • Los ciudadanos griegos y los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, mayores de 18 años, pueden adquirir la condición de electores para el Parlamento Europeo y ejercer su derecho de sufragio activo en favor de candidatos que figuren en las listas nacionales
  • El voto es obligatorio para todos los electores inscritos en las listas electorales.
  • Los ciudadanos griegos residentes fuera de la Comunidad Europea no pueden votar, salvo que retornen a Grecia o voten en un consulado situado en un Estado miembro de la UE.
  • El derecho de sufragio pasivo corresponde a los ciudadanos griegos y a los nacionales de un Estado de la Unión Europea distinto de Grecia, mayores de 21 años.
e) Modalidades de las candidaturas
Sólo pueden presentar listas los partidos políticos y las coaliciones de partidos. En cada lista puede figurar un máximo de 25 candidatos.
f) Atribución de escaños
  • Los escaños se asignan siguiendo el orden de los candidatos en las listas.
  • Las vacantes se cubren con suplentes de las mismas listas. Si se termina el número de candidatos presentados en las listas han de efectuarse elecciones para proveer los escaños vacantes.
  • No está previsto ningún quórum.
g) Incompatibilidades
De acuerdo con la Ley electoral griega de 1981 la calidad de diputado del Parlamento nacional no es compatible con la de diputado del Parlamento Europeo. Sin embargo la Ley 1443/84 ha introducido una excepción -ligada a una cláusula sobre el porcentaje de los votos obtenidos- para los dos primeros candidatos de las listas electorales. Por otra parte son válidas las incompatibilidades establecidas en el Acto electoral europeo de septiembre de 1976, así como las previstas en la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas de 6 de diciembre de 1993.
h) Disposiciones que regulan la campaña electoral
Se exige para cada lista un depósito de 150.000 dracmas. Esta cantidad se reembolsa si la lista obtiene el 3% o más de los votos.
i) Verificación del escrutinio
 Los resultados del escrutinio pueden impugnarse ante el Tribunal Constitucional.

REINO UNIDO

a) Estado de la legislación
La European Assembly Elections Act fue aprobada en mayo de 1978 y posteriormente modificada por la European Assembly Elections Act de 1981, las Representation of People Acts de 1983 y 1985, los reglamentos de 1986, que regulan las elecciones al Parlamento Europeo en Irlanda del Norte y Escocia, así como la European Parliamentary Elections Act de 1993. Por otra parte, la enmienda relativa al ejercicio del derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones europeas por los ciudadanos de la Unión Europea entró en vigor el 16 de febrero de 1994 con la European Parliament Elections Regulation de 1994.
b) Número y distribución de los escaños
El Reino Unido dispone de 87 escaños, divididos entre las distintas regiones como sigue:
Inglaterra:71 escaños
Escocia:8 escaños
País de Gales:5 escaños
Irlanda del Norte:3 escaños
Por otra parte, los escaños se eligen en 85 "constituencies" con arreglo al siguiente reparto:
Inglaterra:71 constituencies
Escocia:8 constituencies
País de Gales:5 constituencies
Irlanda del Norte:3 constituencies
c) Sistema electoral
Los representantes de Inglaterra, Escocia y Gales son elegidos por el sistema tradicional de elección mayoritaria en circunscripciones separadas. Se elige a los tres representantes de Irlanda del Norte por el mismo sistema que en Irlanda, es decir, sobre la base de representación proporcional en una circunscripción única trinominal. Para la selección de candidatos se sigue el sistema de voto único transferible (véase Irlanda).
d) Derecho de sufragio y modalidades del voto
Tienen derecho de sufragio activo los ciudadanos de la Unión Europea residentes en el territorio nacional y mayores de 18 años. Las solicitudes de inscripción deben recibirse en el ayuntamiento lo más tarde el 24 de octubre. Para ejercer su derecho al voto en Irlanda del Norte, los ciudadanos de la Unión Europea deben estar residiendo en el territorio nacional durante los tres meses anteriores al día de su inscripción en las listas electorales. a diferencia de la práctica seguida en las elecciones nacionales, también tienen derecho a voto los miembros de la Cámara de los Lores. Los ciudadanos británicos que se hubieran inscrito para votar en el Reino Unido durante los últimos cinco años pero que residan en ese momento en el extranjero, tienen derecho a votar efectuando una declaración (Representation of the People Act 1985) al igual que los funcionarios del Estado y los miembros de las fuerzas armadas. El derecho de sufragio pasivo corresponde a los ciudadanos de la Unión Europea mayores de 21 años que reúnan los requisitos de residencia citados. También pueden presentarse a la elección los miembros de la Cámara de los Lores y los clérigos.
e) Modalidades de las candidaturas
Los candidatos no necesitan ser presentados por un partido político. La presentación en las circunscripciones ha de ir respaldada por 30 electores. Además, ha de efectuarse un deposito de 1.000 libras.
f) Atribución de escaños
En Inglaterra, Escocia y Gales, obtienen los escaños los candidatos con el mayor número de votos en cada una de las circunscripciones uninominales. En la circunscripción trinominal de Irlanda del Norte se consideran elegidos los candidatos con suficientes votos preferenciales y seguidamente se recurre a los votos de segunda y posteriores preferencias para proveer los escaños restantes.
Las vacantes se proveen mediante elecciones complementarias.
No existe cláusula de barrera.
g) Incompatibilidades
Las incompatibilidades son las que establece el Acto electoral europeo de 20 de septiembre de 1976, así como las previstas por la Regulation de 16 de febrero de 1994. La calidad de diputado al Parlamento Europeo es compatible con la de miembro de la Cámara de los Comunes o de la Cámara de los Lores.
h) Disposiciones que regulan la campaña electoral
a diferencia de las elecciones nacionales, no se han establecido normas especiales para las elecciones europeas, con la excepción de un límite a los gastos de la campaña. No se subvenciona a los partidos políticos para sufragar la campaña electoral. Los gastos están limitados a 10.000 libras esterlinas con un suplemento de 4,3 peniques por elector.
i) Verificación del escrutinio
El presidente de la comisión electoral de cada circunscripción es competente para el recuento de los votos y la proclamación de los resultados. El escrutinio puede impugnarse ante el Tribunal Supremo.


REINO UNIDO

a) Estado de la legislación
La European Assembly Elections Act fue aprobada en mayo de 1978 y posteriormente modificada por la European Assembly Elections Act de 1981, las Representation of People Acts de 1983 y 1985, los reglamentos de 1986, que regulan las elecciones al Parlamento Europeo en Irlanda del Norte y Escocia, así como la European Parliamentary Elections Act de 1993. Por otra parte, la enmienda relativa al ejercicio del derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones europeas por los ciudadanos de la Unión Europea entró en vigor el 16 de febrero de 1994 con la European Parliament Elections Regulation de 1994.
b) Número y distribución de los escaños
El Reino Unido dispone de 87 escaños, divididos entre las distintas regiones como sigue:
Inglaterra:71 escaños
Escocia:8 escaños
País de Gales:5 escaños
Irlanda del Norte:3 escaños
Por otra parte, los escaños se eligen en 85 "constituencies" con arreglo al siguiente reparto:
Inglaterra:71 constituencies
Escocia:8 constituencies
País de Gales:5 constituencies
Irlanda del Norte:3 constituencies
c) Sistema electoral
Los representantes de Inglaterra, Escocia y Gales son elegidos por el sistema tradicional de elección mayoritaria en circunscripciones separadas. Se elige a los tres representantes de Irlanda del Norte por el mismo sistema que en Irlanda, es decir, sobre la base de representación proporcional en una circunscripción única trinominal. Para la selección de candidatos se sigue el sistema de voto único transferible (véase Irlanda).
d) Derecho de sufragio y modalidades del voto
Tienen derecho de sufragio activo los ciudadanos de la Unión Europea residentes en el territorio nacional y mayores de 18 años. Las solicitudes de inscripción deben recibirse en el ayuntamiento lo más tarde el 24 de octubre. Para ejercer su derecho al voto en Irlanda del Norte, los ciudadanos de la Unión Europea deben estar residiendo en el territorio nacional durante los tres meses anteriores al día de su inscripción en las listas electorales. a diferencia de la práctica seguida en las elecciones nacionales, también tienen derecho a voto los miembros de la Cámara de los Lores. Los ciudadanos británicos que se hubieran inscrito para votar en el Reino Unido durante los últimos cinco años pero que residan en ese momento en el extranjero, tienen derecho a votar efectuando una declaración (Representation of the People Act 1985) al igual que los funcionarios del Estado y los miembros de las fuerzas armadas. El derecho de sufragio pasivo corresponde a los ciudadanos de la Unión Europea mayores de 21 años que reúnan los requisitos de residencia citados. También pueden presentarse a la elección los miembros de la Cámara de los Lores y los clérigos.
e) Modalidades de las candidaturas
Los candidatos no necesitan ser presentados por un partido político. La presentación en las circunscripciones ha de ir respaldada por 30 electores. Además, ha de efectuarse un deposito de 1.000 libras.
f) Atribución de escaños
En Inglaterra, Escocia y Gales, obtienen los escaños los candidatos con el mayor número de votos en cada una de las circunscripciones uninominales. En la circunscripción trinominal de Irlanda del Norte se consideran elegidos los candidatos con suficientes votos preferenciales y seguidamente se recurre a los votos de segunda y posteriores preferencias para proveer los escaños restantes.
Las vacantes se proveen mediante elecciones complementarias.
No existe cláusula de barrera.
g) Incompatibilidades
Las incompatibilidades son las que establece el Acto electoral europeo de 20 de septiembre de 1976, así como las previstas por la Regulation de 16 de febrero de 1994. La calidad de diputado al Parlamento Europeo es compatible con la de miembro de la Cámara de los Comunes o de la Cámara de los Lores.
h) Disposiciones que regulan la campaña electoral
a diferencia de las elecciones nacionales, no se han establecido normas especiales para las elecciones europeas, con la excepción de un límite a los gastos de la campaña. No se subvenciona a los partidos políticos para sufragar la campaña electoral. Los gastos están limitados a 10.000 libras esterlinas con un suplemento de 4,3 peniques por elector.
i) Verificación del escrutinio
El presidente de la comisión electoral de cada circunscripción es competente para el recuento de los votos y la proclamación de los resultados. El escrutinio puede impugnarse ante el Tribunal Supremo.

PAÍSES BAJOS

a) Estado de la legislación
Ley electoral neerlandesa de 13 de diciembre de 1978 (Staatsblad 652) fue derogada por ley de 28 de enero de 1993. Esta última se incluyó, por su parte, en el Código electoral neerlandés (Kieswet 423, de 28 de septiembre de 1989, capítulo Y). El 4 de febrero de 1994 se promulgaron las disposiciones relativas al derecho de sufragio activo y pasivo para los ciudadanos de la Unión Europea.
b) Número y distribución de los escaños
Los Países Bajos disponen de 31 escaños. EL territorio neerlandés constituye una circunscripción electoral única.
c) Sistema electoral
Representación proporcional. El cómputo de votos y la distribución de escaños se hacen según el sistema d'Hondt a escala nacional.
d) Derecho de sufragio activo y modalidades del voto
  • El derecho de sufragio activo corresponde a todo ciudadano neerlandés que haya alcanzado la edad de 18 años. Los neerlandeses residentes en otros Estados miembros de la Comunidad pueden participar en la elección (personalmente, por poderes o por correo).
  • Además tienen derecho de sufragio los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea inscritos en el registro de la población. La solicitud de inscripción debe estar en manos del ayuntamiento antes del 27 de febrero de 1994.
  • El derecho de sufragio pasivo corresponde a los ciudadanos de la Unión Europea que hayan alcanzado la edad de 18 años. Para ejercer su derecho, los ciudadanos de otro Estado miembro de la Unión deben satisfacer el requisito de residencia citado así como las condiciones exigidas en su país para ser candidato.
e) Modalidades de las candidaturas
Los partidos políticos establecen las candidaturas (se exigen 25 firmas). En las listas pueden figurar hasta 40 nombres.
Su presentación esta subordinada, en el caso de los partidos que no tengan representantes en el Parlamento Europeo, al deposito de una caución de 18.000 florines (1.000 florines por circunscripción).
f) Atribución de escaños
Cada elector dispone de un voto que puede otorgar bien a una lista, bien a un candidato. De esta forma es posible modificar el orden de los candidatos en las listas. Las vacantes se atribuyen al candidato siguiente de las distintas listas.
g) Incompatibilidades
Las incompatibilidades son las mismas que las vigentes para el Parlamento neerlandés (Ley de 13 de diciembre de 1978, Staatsblad 653 y modificación introducida por ley de 24 de junio de 1992, Staatsblad 350). Por otra parte, son también aplicables las causas de incompatibilidad previstas en la Directiva comunitaria sobre la concesión del derecho de sufragio activo y pasivo a los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea.
h) Disposiciones que regulan la campaña electoral
No se ha previsto ninguna disposición específica para la campaña electoral.
i) Verificación del escrutinio
La verificación del escrutinio se realiza por la Oficina Electoral Central.

METODOS DE SISTEMA ELECTORAL.
  • Cociente Droop
  • Método del resto mayor
  • Método Sainte-Laguë
  • Imperiali
  • Voto sustractivo




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